La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) acordó solicitar al Consejo de Ministros que derogue las “restricciones a la competencia” contenidas en el Real Decreto 1076/2017, por el que se establecen normas complementarias al Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres en relación con la explotación de las autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor. Según fuentes de este organismo, “este requerimiento constituye un paso previo a la interposición de un recurso contencioso-administrativo”. En noviembre de 2017, la CNMC ya elaboró un informe sobre el proyecto de Real Decreto, en el que alertaba sobre las restricciones a la competencia que incluía y su falta de justificación.
Algunas de estas barreras son la prohibición de comerciar con las licencias de Vehículos de Transporte Concertado (VTC) durante dos años, y la obligación de los titulares de las VTC a comunicar a un registro administrativo los datos de cada viaje antes de su realización. Se añade, además, que “no se aprecian motivos que justifiquen la creación de un registro a escala nacional, donde deban figurar singularmente cada uno de los servicios prestados por cada operador antes de que se realicen”.
La regulación de este sector también se está abordando a nivel regional. Es el caso de Cataluña, donde el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) ha aprobado el reglamento que regulará la actividad del alquiler de vehículos con conductor, un servicio que ofrecen plataformas como Uber o Cabify y que a partir de ahora requerirá de una autorización previa. Según los representantes del AMB, “se ha tomado como referencia la proporción de un vehículo VTC por cada 30 taxis”. Por otra parte, para la Federación Española del Taxi (Fedetaxi) “es necesario implementar políticas de reordenación del transporte urbano en España que eviten su judicialización y la implantación de un sistema que permita a los taxistas ofrecer descuentos para competir con las multinacionales de vehículos con licencia VTC”. Esta tendencia regulatoria ofrece una oportunidad para que los agentes sociales puedan desplegar sus acciones de lobby y comunicación para trasladar sus intereses a los responsables públicos.
La CNMC está legitimada, de acuerdo con el artículo 5.4 de la Ley 3/2013, para “impugnar ante la jurisdicción competente los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho administrativo y disposiciones generales de rango inferior a la ley de los que se deriven obstáculos al mantenimiento de una competencia efectiva en los mercados”. El organismo regulador lleva tiempo alertando de su preocupación sobre la regulación nacional de los servicios VTC y el efecto sobre los consumidores; en abril de 2016, se impugnaron dos normas del Ministerio de Fomento en este sector, el Real Decreto 1057/2015, del 20 de noviembre, y la Orden FOM/2799/2015, de 18 de diciembre.
Álvaro Sanz López
Ejecutivo de Cuentas