El Pleno del Parlamento de Cataluña ha validado, el jueves 9 de marzo, por unanimidad el Decreto ley 1/2017, de 14 de febrero, por el que se crea y regula el Registro de grupos de interés de Cataluña.
El decreto transforma el Registro de grupos de interés de la Generalitat en un registro de Cataluña, por lo que los ayuntamientos, los consejos comarcales, las diputaciones, los consorcios y las universidades públicas, obligados a tener su propio registro, se integran y pueden cumplir la Ley de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, aprobada por el Parlamento en 2015. Esta modificación no afecta al Registro de grupos de interés del Parlamento, que la cámara puso en marcha junto con la agenda pública de los diputados el 27 de febrero y se mantiene, por tanto, como registro propio. Las autoridades autonómicas han considerado que la existencia de múltiples registros implica un obstáculo para el funcionamiento transparente de las instituciones catalanas.
Según el texto debatido, «el registro se convierte, así, en un elemento esencial dentro del sistema de integridad pública adoptado para profundizar y regenerar el sistema democrático y para recuperar la confianza de la ciudadanía en las instituciones públicas». La regulación es respetuosa con la autonomía local y con la autonomía inherente a otras entidades, porque no impide que los entes locales puedan crear sus propios registros; «siempre con la garantía del reconocimiento recíproco de actuaciones, del principio de inscripción única y de la interconexión y la interoperabilidad registral».
Según ha indicado en defensa del decreto ley el conseller de Justicia, Carles Mundó, en el registro que ya existía hasta ahora y gestionaba la Generalitat ya se habían inscrito 1.500 entidades y lo que se quiere conseguir ahora es evitar que se tengan que crear más de 2.000 registros distintos de ámbito local o municipal.