En los últimos años, las actividades de los grupos de interés han sido objeto de acalorados debates tanto entre los ciudadanos como entre la clase política. En muchas ocasiones, estos debates han girado en torno a estereotipos e ideas preconcebidas sobre el verdadero papel que juegan estos grupos en el proceso de toma de decisiones, papel que a menudo se ha considerado ilegitimo. Sin embargo, este está enmarcado en el derecho de petición, consagrado tanto en el artículo 29.1 de nuestra Carta Magna (“Todos los españoles tendrán el derecho de petición individual y colectiva, por escrito, en la forma y con los efectos que determine la ley”) como en el artículo 11.1 del Tratado de la Unión Europea (“Las instituciones darán a los ciudadanos y a las asociaciones representativas, por los cauces apropiados, la posibilidad de expresar e intercambiar públicamente sus opiniones en todos los ámbitos de actuación de la Unión”).
Así, los grupos de interés desempeñan un importante y legítimo papel en todo proceso democrático. Buscan posibilitar la participación de las personas físicas y jurídicas en el proceso de toma de decisiones con tal de que puedan defender su situación, comunicar sus ideas o simplemente recabar información. También favorecen el debate público y proporcionan información técnica y sectorial a los decisores con tal de facilitar su labor. En este sentido, por ejemplo, y a no ser que hubieran obtenido una formación previa especializada, es difícil que al votar legislación referente a cuestiones técnicas como pueden ser las de inteligencia artificial o la industria farmacéutica, los parlamentarios tengan los conocimientos necesarios para comprender íntegramente el lenguaje y las posibles implicaciones de determinadas políticas. En consecuencia, los grupos de interés buscan proporcionarles dicha información técnica y contribuir a su conocimiento.
No obstante, el proceso de toma de decisiones en los sistemas democráticos y la implicación de los grupos de interés en el mismo deben ir necesariamente acompañados de un marco jurídico que cuyo principal pilar sea la transparencia. Esta evita abusos de poder; contribuye a la legitimidad de las instituciones, de la que tan solo pueden gozar en la medida en la que son plenamente responsables ante sus ciudadanos; y facilita la “desmitificación” y la obtención de datos reales y fehacientes en torno a las actividades de los grupos de interés.
La creación de Registros de grupos de interés es el primer paso para la consecución de dicha transparencia. A nivel europeo, el Parlamento Europeo, la Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea cuentan con un Registro de transparencia común cuyo objetivo es poner a disposición de los ciudadanos información sobre las actividades de los grupos de interés y así facilitar el control que estos deben ejercer sobre las decisiones legislativas y ejecutivas. Aunque el registro sea voluntario, cada institución cuenta con medidas de condicionalidad propias que supeditan determinadas actividades a la inscripción previa. Por ejemplo, tan solo los representantes de grupos de intereses que estén registrados pueden ser invitados como oradores a las audiencias públicas de las comisiones del Parlamento.
A nivel nacional no existe un registro común en el que se puedan o deban registrar los grupos de interés. Esto ha propiciado que sean las distintas instituciones o comunidades autónomas las que establezcan sus propios registros. En la actualidad, cuentan con uno Madrid, Cataluña, Castilla-La Mancha y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Sin embargo, la falta de un registro nacional impide que los ciudadanos puedan hacer un seguimiento completo de los procesos de elaboración de decisiones públicas y resta legitimidad a los procesos legislativos y administrativos de aprobación de políticas públicas.
De esta forma, la creación de un registro y la regulación de las actividades de los grupos de interés a nivel nacional, muy demandada por los profesionales del sector, sigue siendo una asignatura pendiente. La cultura de transparencia marca un camino claro, y las administraciones públicas no deberían perder la oportunidad de seguirlo.
Ana Echevarría Moretó
Analista